Aguadulce, Almería, Inmoconsejos
Como bien sabemos la compraventa de una vivienda lleva aparejado el pago de unos gastos e impuestos tanto para el que vende su casa como para el que compra. En este artículo nos centraremos en los impuestos y gastos que corresponde pagar a la parte vendedora.
A grandes rasgos, quien vende una vivienda debe pagar la plusvalía de Hacienda (IRPF), la plusvalía municipal, la cancelación de la hipoteca (en caso de que exista alguna carga sobre la vivienda) y los gastos de notaría.
Hay que incluir la venta de la vivienda en nuestra declaración de la renta puesto que existe una ganancia patrimonial. Esta ganancia patrimonial se calcula en base a la diferencia entre el valor al que se vende la vivienda y al que se compró, actualizado mediante un coeficiente que varía en función del año en el que el inmueble fue adquirido.
Sobre esta ganancia patrimonial se aplica un tipo impositivo entre el 19,5% y el 23,5% (los primeros 6.000€ al 19,5%, de 6.000 a 50.000 euros al 21,5% y a partir de 50.000 euros al 23,5%).
Este pago está exento en el caso de que el sujeto venda su vivienda habitual e invierta esa ganancia obtenida en la compra de otra vivienda habitual, no segunda residencia. Para ello habrá que expresarlo en la declaración de la renta. También está exenta para mayores de 65 años o personas en situación de dependencia.
Se trata de un impuesto que debe pagarse al ayuntamiento correspondiente. Dicho impuesto se calcula sobre el valor catastral de la vivienda y el número de años que se ha tenido en propiedad. Se está exigiendo tanto si la vivienda ha generado beneficios con la venta como si ha generado pérdidas y debe liquidarse en el ayuntamiento durante los 30 días hábiles posteriores a la firma de la compraventa.
En los casos en los que la vivienda está sujeta a una hipoteca se podrían realizar 2 acciones: cancelar anticipadamente el préstamo o subrogar la hipoteca, es decir que el nuevo propietario asuma la deuda con el banco. Ambas opciones conllevan una serie de comisiones limitadas al 0,5% del capital de la hipoteca durante los primeros 5 años, y al 0,25% durante el resto.
Además de la cancelación económica se deberá realizar la cancelación registral de la deuda, cuyo coste puede oscilar entre 300€ -1.000€ en función del dinero que pedimos prestado en su momento al banco. Este es un gasto que desconoce mucha gente.
Para que la vivienda esté libre de cargas el vendedor debe estar al día de los pagos de comunidad, derramas, IBI, tasa de basuras, etc. Estos gastos deben estar pagados por el propietario a fecha 1 de Enero.
Por último, mencionar el certificado de eficiencia energética, obligatorio desde el 1 de junio de 2013 para toda vivienda o edificio.
Desde inmobiliaria Advan-40, pensamos que es muy importante conocer todos los impuestos y gastos asociados a la venta de una vivienda antes de sacarla al mercado. De esta manera, podremos realizar nuestros números con antelación y no llevarnos sorpresas inesperadas una vez vendida la vivienda. Este servicio de asesoramiento fiscal lo ofrecemos a nuestros clientes, Informando sobre los impuestos que corresponden pagar a la parte vendedora y guiando sobre los pasos a seguir para evitar posibles sorpresas.
Si tienes dudas sobre alguno de los impuestos y gastos contacta con nosotros. Te asesoraremos sin ningún tipo de compromiso:
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